Las entidades sin fines lucrativos, en tanto que persiguen finalidades sociales, humanitarias, artísticas o comunitarias, cuentan con incentivos económicos que, en el ámbito tributario se materializan principalmente en forma de deducciones y exenciones aplicables a su actividad. En el IVA los beneficios fiscales se presentan en forma de exenciones aplicables a determinados servicios prestados por estas entidades y condicionadas al cumplimiento de requisitos legales que no siempre resultan de sencilla interpretación. El incumplimiento de estos requisitos, o la realización de otro tipo de actividad por estas organizaciones, dará lugar a operaciones sujetas y no exentas de IVA.
La realización … Leer más
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