
Descripción
Fide celebra esta sesión en formato presencial y online mediante la plataforma Microsoft Teams. Es necesario estar registrado en el Área Fide y solicitar participación en la sesión*.
Ponentes:
- Rafael Fernández Valverde, Magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
- Ramón Terol Gómez, Profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Alicante.
Moderadora:
- Rosa Vidal Monferrer, Socia Directora de Broseta Abogados.
Objetivos:
En primer lugar, y desde la perspectiva de la fundamentación la propia norma reguladora del estado de alarma (la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio), establece su artículo 3.2 la obligación de indemnizar por los daños que puedan producirse como consecuencia de la aplicación de las medidas que pueden adoptarse en cada una de las figuras que contempla la citada Ley. Además, cabe precisar que muchas de las normas dictadas, especialmente en el marco del segundo estado de alarma, están siendo anuladas como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad de dicho marco de anormalidad social.
En virtud, de dicha previsión, así como de la declaración de ilegalidad que ya se está produciendo como consecuencia del efecto de “arrastre” de las declaraciones de inconstitucionalidad de las normas de cobertura de los estados de alarma se funda el marco de la responsabilidad administrativa que se configura con un carácter esencialmente objetivo, y que puede justificar las potenciales acciones que pueden ejercerse, entre otras, las siguientes:
– Acciones de responsabilidad de la Administración como consecuencia de las decisiones de cierre que afectan a todos los sectores que se han ido cerrando bien de manera definitiva o por tramos.
– Acciones derivadas de la puesta a disposición obligatoria de determinados alojamientos para la atención sanitaria del Covid-19.
– Acciones derivadas del plan de desescalada.
Metodología: La dinámica de celebración de la sesión respetará el régimen habitual de Fide y la participación e interactuación de los ponentes y asistentes también Todas las sesiones que desarrollamos en Fide se convocan bajo la Regla de Chatham House, los participantes tienen el derecho de utilizar la información que reciben, pero no se puede revelar ni la identidad ni la afiliación de ningún otro participante.
Horario: La sesión se desarrollará de 15:00 a 16:30 horas. Ofreceremos un tentempié previo de 14:15 a 15:00 horas.
Lugar de celebración: En virtud de las relaciones institucionales que Fide mantiene esta sesión se celebrará en la sede del Ilustre Colegio de Notarios de Barcelona (Carrer del Notariat, 4, Barcelona)
Próximas sesiones del ciclo:
– 7 de junio: 2ª sesión – Responsabilidad Contractual de las Administraciones públicas (Presencial)
– 28 de junio: 3ª sesión – Aplicación de la Responsabilidad de las Administraciones Públicas por sectores (Presencial)
* Consulta condiciones de inscripción.