
Descripción
Fide celebra esta sesión en formato presencial y mediante la plataforma Microsoft Teams. Es necesario estar registrado en el Área Fide y solicitar participación en la sesión*.
Ponentes:
- María Cruz Aparicio Redondo, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº86 de Madrid y Letrada del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil.
- José María Blanco Saralegui, Counsel en el área de procesal y arbitraje de Uría Menéndez. Magistrado en excedencia
- Yolanda Urbán Sánchez, Magistrada, Asesora del Gabinete del Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia. Ministerio de Justicia
Moderador:
- Antonio Hernández Vergara, Magistrado. Letrado Coordinador del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. Consejero Académico de Fide
Objetivos:
El Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2020 aprobó el Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia. Su exposición de motivos proclamaba que con él se pretendía dar respuesta a los desafíos surgidos como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, aunque, sin duda, el texto fue mucho más allá, pues incorporó una serie de reformas procesales y medidas con las que el prelegislador pretende remediar las insuficiencias estructurales del sistema de Justicia y corregir la escasa eficiencia de soluciones sucesivamente implantadas para reforzar la Administración de Justicia como servicio público.
El Consejo de Ministros de 12 de abril de 2022 aprobó el Proyecto de Ley, cuya tramitación parlamentaria comenzó el 22 de abril siguiente, fecha en la que se abrió el plazo de enmiendas.
La aprobación de la Ley de eficiencia procesal se enmarca dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, del que constituye el hito CID 152, de la Medida C11.R2 Reforma para el impulso del Estado de Derecho y eficiencia del Servicio Público de la Justicia, cuyo cumplimiento está previsto para el cuatro trimestre de 2022. En este sentido, la parte expositiva de la Council Implementation Decision -CID- señala que se debe aprobar, a más tardar, el 31 de diciembre de 2022.
Los tres grandes ejes del proyecto se basan en los denominados medios adecuados de solución de controversias -MASC-, la agilización de los procesos en todos los órdenes jurisdiccionales y la transformación digital.
El primero de ellos tiene por principal novedad el establecimiento de un intento de actividad negocial previa al proceso que, con algunas excepciones, se constituye como requisito previo de procedibilidad, cuya eficacia se intenta estimular con una específica repercusión en materia de costas como consecuencia de la actitud de las partes en el intento de solución extrajudicial y el posible abuso del servicio público de Justicia.
Respecto de la agilización de los procesos, y por lo que atañe al orden civil, entre otras reformas, se introducen importantes novedades en el juicio verbal: se amplía su ámbito objetivo, se permite al tribunal que decida la terminación del proceso sin celebración de vista, se contempla la posibilidad de que se dicten sentencias orales y se otorga efecto de cosa juzgada material a lo decidido en los procesos de reclamación de rentas o cantidades análogas vencidas y no pagadas. Por otra parte, con el objetivo de reducir la litigiosidad en casos sustancialmente idénticos en las acciones individuales relativas a condiciones generales de contratación, se implanta en el juicio verbal el denominado procedimiento testigo y, en sede de ejecución, la extensión de efectos de las sentencias dictadas en esta clase de asuntos -figuras procesales importadas del proceso contencioso-administrativo-. También se introducen novedades en el régimen de las costas procesales, así como en la ejecución. Por último, el régimen de los recursos sufre importantes modificaciones, como las relativas al desplazamiento ante el órgano ad quem de la admisión y tramitación de la apelación, la supresión de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación en interés de la ley y la incorporación de un nuevo sistema de casación que gira en torno al concepto de interés casacional.
En cuanto a la transformación digital, último eje clave de la reforma, se generaliza la celebración de vistas y declaraciones por videoconferencia, se regulan los sistemas de identificación y autenticación para adaptar nuestra legislación a la europea, se decide impulsar un registro electrónico de apoderamientos apud acta que permita su otorgamiento telemático y se profundiza en el régimen de notificaciones electrónicas.
Esta sesión pretende salir al encuentro de este importante proyecto, en primer lugar, mediante un análisis de las vicisitudes de la tramitación del texto, la viabilidad de las enmiendas presentadas y las expectativas sobre su definitiva aprobación, para, a continuación, examinar someramente las principales novedades introducidas en los tres grandes ejes de la reforma a que se ha hecho anterior referencia.
Metodología: La dinámica de celebración de la sesión respetará el régimen habitual de Fide y la participación e interactuación de los ponentes y asistentes también, haciendo exclusivamente los cambios que exige su celebración mixta, presencial y on line. Todas las sesiones que desarrollamos en Fide se convocan bajo la Regla de Chatham House, los participantes tienen el derecho de utilizar la información que reciben, pero no se puede revelar ni la identidad ni la afiliación de ningún otro participante.
Horario: La sesión se desarrollará de 15:00 a 16:30 horas. Ofreceremos un tentempié previo de 14:15 a 14:50horas.
El horario mostrado se ajusta a la franja horaria de España Peninsular (Baleares incluido). Para comprobar la diferencia con tu franja horaria, puedes visitar este enlace: www.timeanddate.com.
Lugar de celebración: Sede FIDE en COAM (C/Hortaleza 63, Madrid) y en plataforma Microsoft Teams.
* Consulta condiciones de inscripción.
Dirección del Foro Proceso Civil: Aplicación Práctica De La Ley Procesal
- Miguel Guerra Pérez, Presidente de la Sección Procesal del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Director de la Revista Sepín Proceso Civil. Consejero Académico de Fide
- Antonio Hernández Vergara, Magistrado. Letrado Coordinador del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. Consejero Académico de Fide
- Luis Sanz Acosta, Magistrado titular de la Sección 11 de la Audiencia Provincial de Madrid y en comisión de servicios en la Sección 28 de la misma Audiencia, Consejero Académico de Fide