Descripción
Fide celebra esta sesión mediante la plataforma Microsoft Teams. Es necesario estar registrado en el Área Fide y solicitar participación en la sesión*.

Ponentes:

  •  Joaquín Arroyo Burguillo, Vocal del Tribunal Económico-Administrativo Central, Vocalía Sexta.
  •  Miguel Muñoz Pérez, Socio responsable de procedimientos tributarios, PwC España

Moderador:

  •  Fernando Serrano Antón, Catedrático de Derecho Financiero y Tributario, Consejero Académico de Fide

Objetivos:
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-788/19, de 27 de enero de 2022 declaró que la regulación española del deber de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero era contraria al Derecho de la Unión Europea, porque supone una restricción desproporcionada a la libre circulación de capitales, reconocida en el artículo 63 del TFUE, en base a tres cuestiones:

1. Las consecuencias que atribuía la normativa al incumplimiento de la obligación declarativa iban más allá de lo necesario para garantizar la eficacia de los controles fiscales y luchar contra el fraude y la evasión fiscales, en particular, por lo que respecta a la posibilidad que atribuye a la Administración Tributaria para actuar sin limitación temporal e incluso cuestionar situaciones ya prescritas.
2. La sanción del incumplimiento o el cumplimiento extemporáneo de la obligación de información con una multa proporcional del 150 % del impuesto calculado sobre las cantidades correspondientes al valor de los derechos o bienes situados en el extranjero era desproporcionada.
3. Y finalmente, porque las sanciones de cuantía fija impuestas por no declarar o declarar de forma incorrecta o extemporánea la información relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero no guardaba proporción alguna con el importe de las impuestas a los contribuyentes en virtud de los artículos 198 y 199 de la Ley General Tributaria.

Con esta sesión analizaremos los argumentos de la sentencia, los efectos que produce la misma en la gran variedad de situaciones legales, en particular, sobre la revisión de las regularizaciones tributarias efectuadas y sanciones ya impuestas, así como las regularizaciones que se podrían realizar, y finalmente examinaremos el impacto de la nueva normativa.

Metodología: La dinámica de celebración de la sesión respetará el régimen habitual de Fide y la participación e interactuación de los ponentes y asistentes también, haciendo exclusivamente los cambios que exige su celebración on line. Todas las sesiones que desarrollamos en Fide se convocan bajo la Regla de Chatham House, los participantes tienen el derecho de utilizar la información que reciben, pero no se puede revelar ni la identidad ni la afiliación de ningún otro participante.

Horario: La sesión se desarrollará de 15:00 a 16:30 horas
El horario mostrado se ajusta a la franja horaria de España Peninsular (Baleares incluido). Para comprobar la diferencia con tu franja horaria, puedes visitar este enlace: www.timeanddate.com.

Lugar de celebración: Plataforma Microsoft Teams.

* Consulta condiciones de inscripción.

Dirección del Foro Fiscalidad y Actividad Económica

  •  Miguel Cruz Amorós, Of Counsel, PWC. Consejero de JAJ & Asociados. Consejero Académico de Fide
  •  Santos De Gandarillas Martos, Magistrado Sala de lo Contencioso-administrativo, Audiencia Nacional, Consejero Académico de Fide
  •  Fernando Serrano Antón, Catedrático de Derecho Financiero y Tributario, Consejero Académico de Fide

LA SESION YA SE HA REALIZADO

La sesión ya se ha realizado y no se permiten inscripciones a la misma.

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