
Descripción
Fide celebra esta sesión en formato PRESENCIAL en MADRID y en formato ONLINE mediante la plataforma Microsoft Teams. Es necesario estar registrado en el Área Fide y solicitar participación en la sesión*.
Ponentes:
- Pablo De Lora Deltoro, Catedrático de Filosofía del Derecho de la UAM
- Jose Antonio Martín Pallín, Magistrado Emérito en Life Abogados
Moderador:
- Manuel Conthe Gutiérrez, Árbitro independiente. Consejero Académico de Fide
Objetivos:
La condición jurídica de “persona” (como sujeto de derechos y obligaciones, con capacidad de contratar y legitimación procesal), contrapuesta a la de “cosa”, se atribuyó durante siglos primordialmente a las “personas físicas” (con excepciones, como los esclavos o los extranjeros). Pero progresivamente el Derecho reconoció también “personalidad jurídica” a ciertos entes colectivos o institucionales (asociaciones, obras pías, municipios…) y, más tarde, a compañías mercantiles. En el siglo XIX la “personalidad jurídica” dejó de ser un privilegio singular concedido por el Estado y se otorgó con carácter general, por la mera inscripción en el Registro, a las sociedades mercantiles. En el XX a las personas jurídicas se les atribuyó responsabilidad penal, hasta entonces reservada para las físicas. En 1972 un jurista californiano defensor del medio ambiente, Christopher Stone, se planteó si no habría llegado el momento de reconocer legitimación procesal (standing) a ciertos “objetos naturales” (ríos, lagos, bosques…). Sus ideas se hicieron realidad en Nueva Zelanda en 2017, cuando una ley declaró persona jurídica al río Whanganui y otorgó a la comunidad maorí la facultad de nombrar a dos tutores del río. Varios países andinos (Ecuador, Bolivia, Colombia…) han reconocido también personalidad jurídica a ríos y entes naturales. En España, la Ley 19/2022, de 30 de septiembre, acaba de reconocer personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca.
Durante esta sesión analizaremos entre otras las siguientes cuestiones:
¿Qué ventajas tienes la atribución de personalidad jurídica a entes naturales?
¿Es un mecanismo de protección más eficaz que la legislación medioambiental?
¿Tiene inconvenientes?
¿Es un fenómeno retórico, que agrava la tendencia política a la “inflación” de derechos y a la degradación de ese concepto?
Metodología: La dinámica de celebración de la sesión respetará el régimen habitual de Fide y la participación e interactuación de los ponentes y asistentes también, haciendo exclusivamente los cambios que exige su celebración mixta, presencial y on line. Todas las sesiones que desarrollamos en Fide se convocan bajo la Regla de Chatham House, los participantes tienen el derecho de utilizar la información que reciben, pero no se puede revelar ni la identidad ni la afiliación de ningún otro participante.
Horario: La sesión se desarrollará de 15:00 a 16:30 horas. Ofreceremos un tentempié previo de 14.15 a 14.50 horas.
El horario mostrado se ajusta a la franja horaria de España Peninsular (Baleares incluido). Para comprobar la diferencia con tu franja horaria, puedes visitar este enlace: www.timeanddate.com.
Lugar de celebración: Sede FIDE en COAM (C/Hortaleza 63, Madrid) y en plataforma Microsoft Teams.
* Consulta condiciones de inscripción.
¿Tienes alguna pregunta?
Contacta directamente con las coordinadoras académicas de la sesión para hacerles llegar tus dudas.
Te responderemos tan pronto nos sea posible.
