Descripción
Fide celebra esta sesión mediante la plataforma Microsoft Teams. Es necesario estar registrado en el Área Fide y solicitar participación en la sesión.
- Irene Carrera Aguado, Gerente del Área de Derecho Fiscal de Equipo Económico
- Isabel Ferrer-Sama, Magistrada, Juzgado de Primera Instancia número 19 de Madrid
- Miguel Guerra Pérez, Director de la Revista Sepinnet Enjuiciamiento Civil. Miembro del Consejo Académico de Fide
Objetivos
Las denominadas “crisis procesales” suscitan una rica problemática a hora de fijar sus consecuencias en las costas del proceso.
Hay que partir de las actuaciones pre-procesales (conversaciones previas, requerimientos, burofaxes, conciliaciones, ofertas motivadas…) y sus efectos en las costas cuando se produce la posterior crisis procesal.
Máxime cuando el legislador muchas veces determina regulaciones paralelas a la contenida en los arts. 395 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil para estas reclamaciones previas. Así sucede con el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo. Si el consumidor requiere fehacientemente a la entidad bancaria antes de un proceso por cláusula suelo sin someterse a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley y se produce un allanamiento ¿se entenderá que existe mala fe a efectos de imponerle las costas?¿el art. 4.2.a) de dicho Real Decreto-Ley deja sin efecto en estos casos lo dispuesto en el apartado segundo del art. 395.1 de la LEC?.
Cada una de las crisis procesales tiene un problema específico. Así, en el allanamiento, junto con la diferenciación conceptual entre allanamiento y satisfacción extraprocesal se cuestiona, tanto la imposición o no en los casos de allanamiento parcial, como la comprensión del concepto “mala fe” del art. 395.1 LEC. En el desistimiento, 20 años después de la vigencia de la norma rituaria, la jurisprudencia sigue manifestándose de forma contradictoria sobre el significado de la palabra “consentido” que emplea el art. 396 LEC y son muchos los pronunciamientos sobre costas en los desistimientos de los recursos. Cuando éste es consecuencia de los cambios o unificaciones jurisprudenciales posteriores. ¿Pueden eximir de la imposición de costas?¿Debe apreciarse temeridad cuando se produce un desistimiento tardío?
Igualmente queremos aprovechar la sesión para hacer un breve repaso a las cuestiones más trascendentes que plantean las costas en materia tributaria: Si existe obligación de entregar factura en todos los supuestos, incluso cuando se realizan representaciones procesales de carácter puntual; si cabe su deducción en el Impuesto sobre Sociedades; si es obligatorio su inclusión en la declaración informativa de operaciones con terceros o finalmente si se consideran o no como ganancia patrimonial en el IRPF a la vista de los últimos pronunciamientos judiciales y de la Agencia Tributaria.
Metodología: La dinámica de celebración de la sesión respetará el régimen habitual de Fide y la participación e interactuación de los ponentes y asistentes también, haciendo exclusivamente los cambios que exige su celebración on line.
Horario: La sesión se desarrollará entre las 16:00 a 17:30 horas a través de la plataforma Microsoft Teams.
Dirección del Foro Proceso Civil: Aplicación Práctica de la Ley Procesal- Miguel Guerra Pérez, Director de la Revista Sepinnet Enjuiciamiento Civil. Miembro del Consejo Académico de Fide
- Antonio Hernández Vergara, Letrado coordinador del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. Secretario judicial en excedencia. Miembro del Consejo Académico de Fide
- Luis Sanz Acosta, Magistrado de la Sección 28 bis de la Audiencia Provincial de Madrid. Miembro del Consejo Académico de Fide